b) Pagos Adelantados
Cuando el Acreditado lo solicite a Crédito Familiar, éste recibirá pagos que aun no sean exigibles, con el fin de aplicarlos hasta donde alcence a cubrir, para pago de la(s) amortización(es) inmedita(s) siguiente(s), de conformidad
con lo provisto en este Contrato y en la Fecha límite de pago establecida en la Carátula.
Cuando el importe del apgo sea superior al que deba cubrirse en el periodo del que se trate, el Acreditado deberá suscribir y entregar en la sucursal de Crédito Familiar donde realice el pago adelantado un escrito que contenga su firma autógrafa
en el que se incluya la leyenda siguiente:
"EL CLIENTE autoriza que los recursos que se entregan en exceso a mis obligaciones exigibles, no se apliquen para el Pago Anticipado del principal, sino que se utilicen para cubrir por adelantado los pagos periódicos inmediatos siguientes del Crédito."
Cada vez que el Acreditado efectúe un Pago Adelantado, Crédito Familiar entregara al Acreditado un comprobante de dicho pago. Las Partes acuerdan que las cantidades entregadas en exceso de ninguna forma serán consideradas como saldos
a favor de Acreditado en tanto exista un saldo insoluto pendiente por cubrir. Asimismo, ninguna cantidad entregada en exceso por el Acreditado generará intereses a su favor.
Las partes acuerdan que Credito Familiar debera entregar por escrito al Acreditado la tabla de amortizacion actualizada cada vez que reciba un Pago Anticipado o un Pago Adelantado bajo el entendido de que, el Acreditado podra solicitar en cualquier momento
a Crédito Familiar dicha tabla de amortización.